 Ong Chile Cristiano primer think tank evangélico chileno
Ong Chile Cristiano primer think tank evangélico chileno                                                                                   

Mientras la Presidenta Bachelet reafirma, en entrevista al diario El País, el propósito de su gobierno de autorizar el aborto en tres supuestos, la ciencia médica sigue progresando en considerar al concebido como un paciente susceptible de tratamientos e incluso cirugías. Así ha quedado de manifiesto en un caso resuelto por la Corte de Apelaciones de Santiago. El conflicto se debió a que una isapre se negó a cubrir los gastos de una operación prenatal a través del sistema AUGE, porque el catálogo de enfermedades catastróficas solo contempla la posibilidad de efectuar la cirugía después del nacimiento y, además, con un determinado prestador. Los padres invocaban que, gracias a los adelantos de la medicina, en otra clínica nacional existía un equipo médico que podía realizar con éxito la cirugía durante la gestación, lo que evitaba que la niña -era un feto de sexo femenino- sufriera secuelas irreversibles.
 
 La criatura padecía de espina bífida, una malformación congénita del tubo neural que provoca que parte de su columna quede abierta y expuesta al líquido amniótico. El nuevo tratamiento consiste en extraer al feto, cerrar la zona abierta con microcirugía y devolverlo luego al vientre materno, para que prosiga por unas seis semanas más la gestación, hasta que se produzca el nacimiento.
Comprensiblemente, los padres prefirieron este tratamientoin utero. El feto fue operado y más tarde la niña nació en un parto por cesárea. La isapre, sin embargo, se negó a reembolsar el gasto por los motivos referidos. La Corte acogió el recurso de los padres y ordenó a la isapre cubrir la operación prenatal y el parto. Según el fallo, la Constitución "asegura a todas las personas el derecho a la vida, incluyendo expresamente la vida del que está por nacer, lo que implica que esta garantía no sólo contempla la vida como fenómeno opuesto a la muerte, sino que la protección empieza al feto que está en el vientre materno, su nacimiento y desarrollo de vida, con una cualidad que comprende la prolongación de ella en la mejor forma posible y que la medicina puede entregar". Agrega que "ninguna norma legal o contractual tiene preferencia sobre este derecho constitucional".
El reciente caso, que por lo demás viene a ratificar lo que ha sido una jurisprudencia judicial y administrativa uniforme, contrasta con la negativa de la delegación chilena ante la ONU a acoger la recomendación del Consejo de Derechos Humanos, en cuanto a "defender y respetar los derechos de la persona humana desde el momento de la concepción hasta la muerte natural". La explicación del rechazo es insólita: "el ordenamiento jurídico chileno -dice- establece que la existencia legal de toda persona humana principia al nacer". O sea, según el informe del Estado de Chile, la isapre hubiera podido negarse a cubrir la cirugía intrauterina de la niña en gestación, desconociendo su condición de persona y paciente.
Se trata de una torpe extrapolación del art. 74 del Código Civil que alude a la "existencia legal" como sinónimo de capacidad para adquirir herencias y bienes patrimoniales (la que se consolida con el parto), pero que de ninguna manera niega que el concebido sea jurídicamente persona, ya que según el mismo Código lo son "todos los individuos de la especie humana" (art. 55). Por su parte, la Constitución, como bien señala la Corte de Apelaciones, incluye la protección de la vida del que está por nacer entre los derechos que se aseguran a "todas las personas".
  
Lo paradójico es que si fuera cierto lo que afirmó la delegación chilena, el Estado estaría incurriendo en flagrante violación de relevantes instrumentos internacionales de derechos humanos, como la Convención de Derechos del Niño, que ordena la protección del infante "tanto antes como después del nacimiento", y el Pacto de San José de Costa Rica, que declara que todo ser humano "tiene derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica.”
Source:
http://www.elmercurio.com/blogs/2014/07/03/23194/Existencia-legal-y-cirugia-in-utero.aspx

  
Desatendiendo las solicitudes hechas por los senadores de la Alianza, por los líderes de la Iglesia Católica, líderes de las Iglesia Evangélica y otras organizaciones sociales, el gobierno se presentó ante al Consejo de Derechos Humanos de la ONU para responder que aceptaba legalizar el aborto por las tres causas conocidas. ¿Porque los gobiernos chilenos corren a inclinarse ante estas instancias para decir que si, que aceptan sus recomendaciones abortistas, en vez de apresurarse para acceder a las peticiones del pueblo que gobiernan? ¿Quién elige a los gobiernos chilenos, los finlandeses, los belgas, los franceses, los alemanes? ¡Necesitamos un gobierno de nosotros y para nosotros! Necesitamos un gobierno que potencie nuestra cultura cristiana, que no humille al pueblo imponiendo las prácticas anticristianas de esas naciones. El gobierno debe conocer y respetar las arraigadas tradiciones espirituales de nuestra gente y defenderlas delante de los imperios y gobiernos extranjeros que quieran avasallarlas.
La Organización de las Naciones Unidas sustenta y promueve una concepción de la vida, la familia y la sociedad totalmente contraria a la nuestra, y el Consejo de Derechos Humanos dependiente de la misma ONU, es la organización más injusta, parcializada, arbitraria, desequilibrada, discriminatoria y odiosa que existe, nuestro gobierno debería desahuciarlo y no someterse a sus requerimientos, como lo ha hecho aquel país que es víctima de sus abusivas resoluciones. Este Consejo de Derechos Humanos es igual de tramposo que la Corte Internacional de Justicia de La Haya, si nuestro gobierno le reconoce competencia para conocer la demanda boliviana, hasta puede ser capaz de darles un pedazo de mar a Bolivia, al norte de la Isla de Pascua. Las naciones europeas que nos recomiendan sus barbaridades, ya no son cristianas, ni siquiera postcristianas, sino francamente anticristianas, por lo tanto, si ya no les importa la vida de los que están por nacer en sus propios países, menos les importa la vida de los nuestros. ¿Cómo se atreven estos países europeos a decirnos a nosotros lo que debemos hacer? ¿Qué se creen?.
Nosotros los evangélicos de Chile Cristiano, urgimos a nuestras autoridades para no acceder a las recomendaciones abortistas de las naciones europeas, si lo hacen, mañana les presionarán para aumentar las causales, hasta llegar a legalizar el aborto a todo evento, exigirán aplicar la eugenesia y si un bebito minusválido la esquiva, demandarán suministrar la eutanasia. Informamos a nuestras autoridades que las naciones europeas están persiguiendo a los cristianos, los multan, los despiden de los servicios públicos, los arrestan y los obligan a ocultar sus sentimientos cristianos. La intolerancia y la discriminación religiosa a los cristianos en Europa están llegando a los mismos niveles que cuando eran el Imperio Romano. Un informe del Observatorio sobre la intolerancia y la discriminación de los cristianos en Europa señala que: “Cristianos han sido arrestados y encarcelados por predicar contra las actividades homosexuales y que se han desatado episodios de vandalismo contra las iglesias y los cementerios. Estudios sugieren que el 85 por ciento de los crímenes de odio en Europa se cometen contra los cristianos”.
 
Estimo que detrás de estas recomendaciones de las naciones europeas, sigue vivo el apetito colonialista, ahora pretenden la colonización axiológica e imponernos sus valores progresistas como el aborto, la eugenesia, la eutanasia y el matrimonio homosexual, por ahora, mañana presionaran para legalizar el poliamor, la pedofilia y el incesto, porque ya hay movimientos en ese continente, pidiendo les sean reconocidas y legalizadas esas orientaciones sexuales. Convocamos a los cristianos en general, así como en el siglo diecinueve, los patriotas chilenos y latinoamericanos, se unieron, se esforzaron y lograron derrotar al poder colonialista de las naciones europeas, también ahora, nos levantemos y derrotemos sus ambiciones colonialistas axiológicas. Dios quiera, que en esta nueva guerra, por la independencia valórica, nuestras autoridades políticas, académicas y militares no se pongan del lado de los realistas, que no les teman, que no se dejen presionar, que les enseñen a respetarnos.
¿Chile de todos?
Líderes evangélicos y senador Ossandón en picada contra proyecto abortista del gobierno

En la fotografía senador Ossandón exhibe el libro “Chile Cristiano”, le acompañan el profesor Tapia del movimiento Aguilas
y el abogado Ricardo Rodríguez del movimiento Juventud con una misión
Los evangélicos están inquietos, rechazan la despenalización del aborto que anunció la Presidenta y el patrocinio que su gobierno le está imprimiendo al Acuerdo de Vida en Pareja AVP. Los evangélicos ven y entienden estas iniciativas legislativas como odiosos ataques a la moral cristiana que ha insuflado la cultura chilena desde el nacimiento mismo de la nación hace más de quinientos años.
Para enfrentar esta campaña anticristiana del gobierno, líderes evangélicos se han estado reuniendo con algunos parlamentarios para informarles su desazón y las acciones que están desarrollando en sus congregaciones, y de cómo expresarán en las calles su desacuerdo. En la reunión de intercambio de opiniones con el senador Ossandón surgió la propuesta de sacar a la Alameda para marchar por la vida, a unas doscientas mil personas.
El otro tema que tiene enojado a los líderes evangélicos, fue la decisión del ministro de Educación de ordenar el desbloqueo de los sitios web, que promueven la homosexualidad y el lesbianismo, y que a partir de ahora estarán al alcance de los niños y niñas de las escuelas básicas. Muchos de los líderes evangélicos que participaban en la reunión, al enterarse de esta información, empezaron a cuestionar la reforma educacional y ha rechazar la tributaria.
Fue evidente en la reunión que la Presidenta está perdiendo rápidamente el poco apoyo que le queda entre los evangélicos. Aborto, AVP y pornografía en la escuela de básica, ¿Qué viene a continuación? Una campaña a nivel nacional para que las familias evangélicas retiren cuanto ante a sus hijos de las escuelas públicas. El gobierno está dando la señal, que a la hora de proyectar las políticas públicas, solo piensan en los que marchan por la diversidad, y ¿en que quedó eso de que Chile es de todos?
¿Cuándo comienza la vida que la Constitución debe proteger?
¿Qué establece la misma ley?

Uno de los puntos fundamentales sobre los que gira el debate sobre la despenalización o, mejor dicho, legalización del aborto en Chile es la del estatuto jurídico del concebido. La cuestión consiste en si éste es persona, y por tanto sujeto de dignidad y derechos, o más bien un ente biológico, una masa de células, una cosa que, aunque valiosa por la potencialidad que entraña, no es titular de derechos.
Para negar la calidad de persona se suelen citar las disposiciones del Código Civil que regulan la “existencia legal” de las personas naturales. Se arguye sobre la base del art. 74 que dispone que “la existencia legal de toda persona principia al nacer”. De aquí se concluye que la persona, para el Derecho, comienza con el nacimiento, no con la concepción ni con la gestación.
Es efectivo que los viejos tratados y manuales pueden llevar a pensar en que ésta es una lectura correcta de las disposiciones del Código Civil, aunque todos ellos utilizan el vocablo “persona” en un sentido restringido de ser capaz de adquirir derechos patrimoniales.
Pero cuando el concepto de persona adquiere un significado más amplio e integral y designa al ser humano en cuanto depositario de una incondicionada dignidad y de unos universales derechos que se dicen “humanos”, las disposiciones del Código Civil deben ser objeto de una revisión interpretativa. Y, la verdad sea dicha, se prestan perfectamente a una lectura personalista propiciada desde la Convención Americana de Derechos Humanos, según la cual todo ser humano tiene derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica (arts. 3 y 1.2).
Para determinar el estatuto jurídico del concebido el precepto clave del Código Civil no es el art. 74, sino el art. 55. Este último precepto contiene la definición de persona natural para la ley civil, y que reza: “Son personas todos los individuos de la especie humana”. La norma agrega que este reconocimiento debe hacerse sin distinción ni discriminaciones: “cualquiera que sea su edad [desarrollo cronológico], sexo, estirpe o condición”. Si, como la biología y la genética han demostrado, desde que el espermio fecunda al óvulo hay ya un individuo que pertenece a la especie humana, entonces no cabe duda de que para la ley civil chilena esa criatura es persona. Por ello, la ley, incluso modificada recientemente, no tiene dudas en calificar de “hijo” al individuo que está por nacer, como puede verse en los arts. 181 y 243 inc. 2º.
Congruente con este reconocimiento, la disposición del art. 75 del Código Civil ordena proteger la vida y la salud del ser humano desde que se le concibe, empleando la frase, traducción de la categoría latina de nasciturus, de “el que está por nacer”, es decir, el que está en un proceso de desarrollo que le llevará a nacer. Nótese que la expresión supone la personalidad: no se trata de “algo”, de “lo” que está por nacer, sino de un “alguien”, de “el” sujeto que está por nacer. Señala el artículo que “La ley protege la vida del que está por nacer” y luego dispone “El juez, en consecuencia, tomará, a petición de cualquiera persona o de oficio, todas las providencias que le parezcan convenientes para proteger la existencia del no nacido siempre que crea que de algún modo peligra”.
Pues bien, ¿qué ha querido significar el Código Civil cuando en el art. 74 establece que la existencia legal de la persona principia al nacer? Hay que destacar que el precepto emplea cuidadosamente los términos y no dice –como a veces se cree– que la persona principie al nacer. Más bien, supone que la persona existe desde antes, desde que está por nacer, esto es, de la concepción o fecundación. Pero esa persona, ya presente como tal, sólo adquiere “existencia legal” con el nacimiento. La cuestión, por tanto, se reduce a descubrir a qué se refiere el legislador con esta expresión: “existencia legal”; la respuesta se revela al examinar el art. 77, según el cual “Los derechos que se deferirían a la criatura que está en el vientre materno, si hubiese nacido y viviese, estarán suspensos hasta que el nacimiento se efectúe. Y si el nacimiento constituye un principio de existencia [legal], entrará el recién nacido en el goce de dichos derechos, como si hubiese existido al tiempo en que se defirieron...”. Vemos que la noción técnica de “existencia legal” se refiere a la capacidad para adquirir y consolidar derechos patrimoniales (por ejemplo, una herencia, una donación, la indemnización por un seguro de vida, una renta vitalicia). Para adquirir en forma definitiva estos derechos, la ley exige que el concebido llegue a nacer. Si muere antes, el mismo art. 77, en su parte final, dispone que “pasarán estos derechos a otras personas, como si la criatura no hubiese jamás existido”. Esta disposición evita que se abran disputas sobre cuándo se produjo la muerte del no nacido y quiénes serían sus herederos. La ley, al verificar que el concebido ya no podrá gozar de derechos patrimoniales, establece la ficción de que no ha existido. Pero esta ficción se limita a los derechos patrimoniales, porque su existencia como persona no puede ser ignorada ni siquiera retroactivamente. De allí que la Ley de Registro Civil señale expresamente la necesidad de otorgar autorización para sepultar a la criatura que no ha llegado a nacer (art. 49 inc. 2º).
En suma, para el Código Civil la persona comienza con la concepción. Desde allí se protege la vida y la salud del ser humano. El nacimiento determina sólo la consolidación y firmeza de la capacidad para adquirir derechos patrimoniales (“existencia legal”). (Santiago, 4 junio 2014)
Source: http://corraltalciani.wordpress.com/
La anencefalia del proyecto abortista del gobierno
¿Interrupción voluntaria del embarazo? ¿Un problema de salud pública? ¿Ha pedido de los sacerdotes?

Demás está decir, porque todos lo saben, los evangélicos rechazamos el aborto, cualquiera sea el apellido más tierno que le pongan. Al respecto, dos líderes nuestros recién han declarado para el diario La Segunda: "La Iglesia Evangélica mayoritariamente está en contra del aborto. Se define a favor de la vida desde su concepción hasta el final, siempre, porque creemos que la imagen de Dios está en el vientre materno y fuera del vientre materno. Descartamos el argumento de la inviabilidad (del feto), porque muchas veces se producen los abortos espontáneos, que son naturales. Y también existen procedimientos médicos que son legales. En cuanto a la violación, hay un tema de libertad de conciencia de la persona, pero hay estudios que muestran que la mayoría de las niñas violadas decidieron tener a su guagua (obispo Roberto López). El obispoEmiliano Soto, presidente de la mesa ampliada Unión Nacional Evangélica de Chile, indicó que "siendo todo ser humano llevado a ser imagen y semejanza de Dios, y esta vida debe ser protegida, la acción creadora de Dios es activa tanto en la concepción como en el nacimiento".
Entramos al debate para expresar el asombro que sentimos por la desinteligencia, la desprolijidad y la evidente mendacidad que se observan en los fundamentos de la propuesta abortista, de la Presidenta. En su discurso del 21 de mayo pasado dice: “Chile tiene que enfrentar en una discusión madura, informada y propositiva esta realidad, debatiendo en el Parlamento un proyecto de ley que despenalice la interrupción voluntaria del embarazo en casos de riesgo de vida de la madre, violación e inviabilidad del feto.” ¿Qué tiene que ver la palabra voluntaria en esta explicación? Me pregunto: ¿Si una mujer embarazada está sufriendo por mala salud, es voluntario para sus familiares trasladarla a Urgencia del hospital? ¿Si una mujer embarazada complicada de salud, llega a Urgencia, es voluntario para el hospital atenderla? ¿Si una mujer embarazada sufriendo síntomas de pérdida acostada en una camilla del hospital, es voluntario para el médico de turno tratarla? Una mujer embarazada que enferma con riesgo para su vida, más que decir voluntaria, no sería maduro, informado y propositivo decir, necesario. ¿En caso estar en riesgo la vida de la madre, es voluntaria o necesaria la interrupción del embarazo, para salvar su vida?
La Presidenta dice que es necesario legislar porque el aborto es “un problema de salud pública”. Hay que ver que cuesta encontrarle rigurosidad científica a este fundamento, cuando en los mismos programas de los servicios de salud y en los reportajes de los medios de comunicación social, se nos bombardean diciendo que los problemas de salud pública en nuestro país son; la obesidad, el tabaquismo, el alcoholismo, la longevidad, la salud mental, la salud bucal, las enfermedades cardiovasculares, el cáncer, el desarrollo de la diabetes mellitus, etc. Ahora, si se trata de citar informes técnicos, acabo de leer el escrito por una autoridad de la Sociedad Chilena de Obstetricia y Ginecología que señala: “el aborto provocado hoy en Chile no constituye un problema de salud pública. Pueden discutirse las causas de esto, pero no es cierto que sea un problema de salud pública. La mortalidad por aborto en Chile es menor que la de Estados Unidos, el país con legislación favorable que tiene la menor mortalidad por esa causa; y, finalmente algo que no requiere mucha elaboración intelectual: que todos los países o todos los individuos hagan algo no define necesariamente la normalidad ni exime de la necesidad de la reflexión sobre nuestros actos y sobre la sociedad que queremos construir.”
El fundamento señalado por la Presidenta que a mi me parece mendaz, es cuando justifica la propuesta abortista diciendo: “yo he tenido conversaciones con sacerdotes , de colegios bastante caros en Santiago que me han contado que en confesión la cantidad de niñas que le cuentan que se han hecho abortos; hay mucha gente haciéndose abortos, pero hay gente pobre que se lo hace de mala manera”. Después de leer y reflexionar en esta declaración, personalmente, no puedo aceptarla, ¡que se pretenda legalizar el aborto para resolver los problemas de las niñitas de los colegios católicos de alta mensualidad, que tienen abrumados a los sacerdotes! ¿Qué responden las niñas de los colegios católicos caros? ¿Qué responden los padres y apoderados de los colegios católicos caros? ¿Pueden los sacerdotes compartir con el resto de los chilenos la información que reciben en las confesiones para entender también nosotros la necesidad de legislar? ¿Qué le parece a las autoridades de la Iglesia Católica que se usen las confesiones de las niñas de sus colegios para fundamentar una legislación abortiva en el país?
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