Evangélicos Rechazo v/s Evangélicos Apruebo Primer y único debate constitucional protagonizado por evangélicos
“El Chile que queremos” presenta el único debate protagonizado entre evangélicos, el profesor de teología Rodolfo Torres director ejecutivo de la ONG Chile Cristiano que promueve el Rechazo fue desafiado por el exalcalde de Viña del Mar asistente social y hermano evangélico bautista Roberto Parra que defiende El Apruebo. El debate fue grabado en los estudios de Primicia Televisión canal de señal abierta para la provincia de Marga Marga en la Quinta Región. El profesor Torres fue secundado por el excapitán de Carabineros pastor Manuel Pérez de la Iglesia de Dios y el Asistente Social Parra se hizo acompañar del profesor Florencio Valenzuela.
Libertad religiosa y nueva Constitución Por Jorge Precht
De acuerdo a la encuesta Bicentenario del 2021, el catolicismo representa el 42% de la población, el protestantismo 14% y otras religiones 6%. Por tanto, la población que declara tener una religión es el 62%. En periodo anterior a la entrada en vigencia de la constitución de 1925, la única entidad religiosa reconocida era la Iglesia Católica. Se constituyó a partir de 1833 un régimen de unión entre dicha iglesia y el Estado. La República ejerció de facto, los poderes emanados del patronato real y por ley financiaba a dicha confesión religiosa a través del Presupuesto del Culto. En 1925, siguiendo la práctica práctica, la Iglesia se separó del Estado mediante un acuerdo amistoso.Los términos de dicho Acuerdo Concordatario se plasmaron en diferentes artículos de la constitución del año mencionado, en especial el artículo 10 número 2, el cual fue incorporado casi sin modificarlo al texto de la constitución de 1980 como artículo 19 número 6. Mediante ese artículo 10 número 2 del texto fundamental se dio un aparto constitucional a la personalidad jurídica de derecho público de dicha iglesia, la que siguió rigiéndose por sus propios cánones. La iglesia romana venía (y seguiría gozando) de dichas prerrogativas establecidas en el artículo 547 inciso segundo del código civil [nota 1].
PLENA Plataforma Evangélica Nacional la mayor agrupación evangélica chilena, acaba de publicar su opción RECHAZO de cara al PLEBISCITO CONSTITUCIONAL del próximo domingo 4 de Septiembre.